El espíritu de las leyes (95 page)

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Authors: Montesquieu

Tags: #Clásico, #Filosofía, #Política

BOOK: El espíritu de las leyes
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[53]
La censura es muy buena, en general, para mantener en un pueblo todos los prejuicios útiles a los gobernantes; para conservar en una corporación todas las preocupaciones derivadas del espíritu del cuerpo: en Roma estableció el Senado la censura como traba puesta a las facultades tribunicias. Era un instrumento de tiranía. El temor de ser descalificado por el censor era tanto más terrible cuanto mayor era el apego a los honores, a las distinciones, a las preeminencias. Para hombres guiados por la virtud, los juicios de los censores inspiraban risa; empleaban su elocuencia en lograr la abolición de una cosa tan ridícula. (Voltaire).
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[1]
Es falso que en Constantinopla se ocupe un bajá en administrar justicia, función de la incumbencia del cadi. A menudo asiste a la audiencia el sultán en persona, oculto detrás de una celosía; y en las causas importantes, se le pide que decida él y él decide en dos palabras. Se instruyen los procesos con prontitud y sin ruido. Ni abogados, ni procuradores, ni papel sellado. Cada uno se defiende a si mismo como puede sin atreverse a hablar. Ningún pleito puede durar más de diez y siete días. (Voltaire).
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[2]
El mayor peligro del despotismo está en su propia fuerza; los dos extremos se tocan en un mismo punto: y este punto es la milicia. Que los jenízaros estén contentos, las pasiones de los interesados poco importan y se quedarán las cosas como estaban; si están descontentos, aun sin las pasiones de los litigantes será todo cambiado y destruido. En los gobiernos templados, las pasiones de los litigantes fomentan odios particulares, siembran rencillas, dividen las familias, perturban la paz social, aminoran el patriotismo, desmoralizan al pueblo y perjudican a los intereses del Estado.
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[3]
César, Cromwell, etc.
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[4]
Non liquet
. Esta fórmula significa, según Crévier, que el punto no estaba suficientemente claro.
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[5]
Filostrato, Vidas de los Sofistas, lib. I; véase La Vida de Esquines.
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[6]
En un delito hay dos partes: el soberano, afirmando la violación del contrato social, y el acusado, negando que haya habido violación. Es indispensable que haya un tercero para decidir. Ese tercero es el magistrado, quien dirá simplemente si hubo delito o no lo hubo… La sentencia debe estar en la ley. (Beccaría, cap. IV).
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[7]
Platón no creía que los reyes, siendo a la vez sacerdotes, puedan asistir a un juicio en que se condene a muerte, presidio o deportación.
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[8]
Véase la causa del duque de la Valette, incluida en las Memorias de Montresor, tomo II, pág. 62.
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[9]
Sin embargo, dice una nota de Voltaire, en un tiempo tenían los pares de Francia, cuando eran acusados criminalmente, el derecho de ser juzgados por el rey, que era el primero de los pares. Francisco II dió su opinión en la causa del príncipe de Condé, tío de Enrique IV. Carlos VII votó en el proceso del duque de Alenzón, y el mismo Parlamento le había manifestado, sin previa consulta, que era su deber figurar entre los jueces como el primero de todos. En el día, añade Voltaire, la presencia del rey en la vista de un proceso contra un par de Francia, parecería sin duda un acto de tiranía.
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[10]
Anales, lib. XI.
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[11]
Historia, lib. V.
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[12]
Historia secreta.
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[13]
Los ministros pueden decidir en los casos dudosos, pero no juzgarlos.
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[14]
Véase, Tito Livio, Década I, lib. III.
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[15]
Y en otras muchas ciudades.
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[16]
Si el espíritu de la República pide que cada ciudadano tenga un celo sin límites por el bien público, la naturaleza del corazón humano, más infalible en su acción que el espíritu político, exige que cada hombre tenga un celo igualmente ilimitado por el interés de sus pasiones. Así la libertad de acusar, lejos de favorecer al bien público, excita y favorece el interés de las pasiones individuales. (Serván).
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[17]
Véase lo que dice Tácito de las recompensas concedidas a los delatores.
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[18]
Libro IX.
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[19]
Haré ver más adelante que China, a este respecto, se halla en el caso de una República o de una monarquía.
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[20]
La
ley Valeriana
la hizo Valerio Publícola a raíz de la expulsión de los reyes; se renovó dos veces para perfeccionarla.
Diligentius sanctam
, dice Tito Livio, lib. X. - La
ley Porcia
es del año 454 de la fundación de Roma. Lex Parcia pro tergo civium lata.
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[21]
Nihil ultra quam improbe factum adjecit
. (Tito Livio).
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[22]
Este suplicio no es invención moderna. Se le aplicó a Hannon, el más ilustre y opulento ciudadano de Cartago, a quien se le rompieron los brazos y las piernas y se le sacaron los ojos por haber conspirado contra su patria. En tal estado se le expuso a la vista del pueblo. (Véase Justín, lib. XXI, cap. III).
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[23]
Se cortaba la nariz o las orejas al soldado desertor.
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[24]
Jenofonte, Historia, lib. II.
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[25]
Véase Kempfer.
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[26]
Obsérvese esto como una máxima de práctica en los casos en que los espíritus hayan sido amoldados a penas demasiado rigurosas.
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[27]
Colección de viajes que han servido para establecer la Compañía de las Indias, tomo V, pág. 2.
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[28]
Todo este breve capítulo es traducido de Dion (P.).
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[29]
Los culpables eran condenados a una multa: no podían ser senadores ni designados para ninguna magistratura. (Dion, lib. XXXVI).
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[30]
Libro 1.
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[31]
Entre ellas el suplicio del fuego; para casi todo pena capital, un simple robo era castigado con pena de la vida, etc.
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[32]
Sila, animado del mismo sentimiento que los decenviros, agravó como ellos la penalidad contra los escritores satíricos.
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[33]
Libro 1.
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[34]
Poemas
facinorum auxit, cum locupletes eo facilius scelere se obligarent, quod integris patrirnoniis, exularent
. (Suetonio, en Julio César).
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[35]
Cap. XVII.
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[36]
Historia de Nicéforo, patriarca de Constantinopla.
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[37]
De la misma Historia de Nicéforo.
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[38]
Se ha querido justificar esa disposición de la ley, diciendo que el que ataca en despoblado para robar está resuelto a matar si encuentra resistencia; en apoyo de este razonamiento se invoca esta máxima del derecho romano:
In maleficiis, voluntas spectatur, non exitus
.
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[39]
El P. Duhalde, tomo I, pág. 6.
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[40]
Perry, Estado presente de la gran Rusia.
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[41]
Por eso creo tan interesante el estudio del espíritu de las leyes. Ni Grocio ni Puffendorf ni los demás tratadistas del derecho de gentes dicen nada de ese espíritu. Hablan del despotismo, empleando esta voz por tiranía. Pues qué, ¿no puede indultar un déspota como cualquier otro monarca? ¿Dónde está la linea que separa el gobierno monárquico del despótico? La monarquía empezaba ya a ser un gobierno muy mitigado, muy restringido en Inglaterra, cuando se obligó al desgraciado Carlos I a no conceder la gracia de su favorito el conde de Strafford. Enrique IV de Francia, rey apenas afirmado en su trono, pudo indultar al mariscal Biron y no lo hizo. Puede ser que este acto de clemencia, que le faltó a aquel gran hombre, hubiera modificado el espíritu de la
Liga
y contenido la mano de Ravaillac. (Voltaire).
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[42]
Este suplicio ha desaparecido de nuestra legislación.
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[43]
La nación inglesa.
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[44]
Los ciudadanos de Atenas, según Lisias, no podían ser sometidos a tortura excepto por el crimen de
lesa majestad
. En este caso, el tormento se les aplicaba treinta días después de la condena, según dice Curio Fortunato en la Retórica escolar (lib. II). En cuanto a los Romanos, el nacimiento, la dignidad y la profesión de la milicia dispensaban del tormento no siendo por el crimen de
lesa majestad
. Véanse las sabias restricciones que ponían a esta práctica las leyes de los Visigodos.
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[45]
Véase Kempfer.
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[46]
Se encuentra establecida en el Corán.
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[47]
Garcilaso, Guerras civiles de los Españoles en América.
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[48]
En vez de castigar a los hijos, decía Platón, debe felicitárseles por no parecerse a sus padres.
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[1]
Platón no quería que se pudiera poseer otros bienes más que el triple del patrimonio heredado, de la tierra heredad de cada uno. Las Leyes, lib. V.
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[2]
En una ciudad grande, dice el autor de La fábula de las abejas (tomo I, pág. 133), se viste como si se fuera de calidad superior a la de cada cual, para ser más estimado por la multitud. Es un placer para los espíritus menguados, casi tan grande como la satisfacción de los mayores deseos.
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[3]
Caps. III y IV.
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[4]
Diodoro, Las virtudes y los vicios, lib. XXXVI.
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[5]
Cum maximus omnium impetus ad luxuriam esset
. (Del mismo texto).
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[6]
De moribus Germanorum
. - Los Suyones, según Tácito, eran los habitantes de una isla del Océano más allá de la Germania:
Suoinum hinc civitates in ipso Oceano
. Guerreros valerosos y bien armados, tenían embarcaciones de guerra.
Propter viros armaque classibus valent
. Allí son considerados los ricos. No tienen más que un jefe. Aquellos bárbaros, que Tácito no conocía, que vivían aislados en un país remoto, que tenían en más el dueño de cincuenta vacas que al de veinte, ¿podían tener la menor relación con nuestras monarquías y nuestras leyes suntuarias? (Voltaire) - Los bárbaros a que se refieren Tácito y Voltaire vivían en lo que llamamos hoy península Escandinava.
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[7]
Dion Casio, lib. LlV.
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[8]
Tácito, Anales, lib. III.
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[9]
Multa duritiei veterum melius et laetius mutata
. (Lib. III de los Anales de Tácito).
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[10]
Opulentia paritura moro egestatem
. (Floro, lib. III).
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[11]
Constitución de Jaime I, del año 1234, art. 6. Véase Marca Hispana, pág. 1439.
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[12]
Se ha prohibido en Suecia la entrada de vinos finos y la de otras mercancías preciosas.
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[13]
Véase el Libro XX.
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[14]
En una ordenanza transcrita por el P. Duhalde, tomo II, pág. 497.
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[15]
Historia de China, vigesimoprimera dinastía, en la obra del padre Duhalde, tomo I.
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[16]
En un discurso transcrito por Duhalde, tomo II, pagina 418.
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[17]
Dice Plutarco, en sus Obras morales (Tratado del amor):
En el verdadero amor, las mujeres no tomaban parte
. Hablaba como su siglo. - En Atenas había un magistrado para vigilar a las mujeres.
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[18]
Véase en Tito Livio, lib. XXXIX, el uso que se hizo de este tribunal cuando la conjuración de las bacantes - El tribunal doméstico de los Romanos fue instituido por Rómulo, según se deduce de lo dicho por Dionisio de Halicarnaso (lib. II).
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[19]
Constantino la suprimió definitivamente.
Es indigno
, decía,
que matrimonios tranquilos sean perturbados por extrañas injerencias
.
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[20]
Sixto Quinto decretó que el marido que no se quejara a él de las liviandades de su cónyuge, fuera castigado de muerte.
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[21]
Nisi convenissent in manum viri
.
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[22]
Ne sis mihi patruus oro
.
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[23]
En tiempo de Augusto se mandó que quedaran exentas de tutela todas las mujeres que tuvieran tres hijos.
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[24]
Esta tutela se llamaba entre los Germanos
mundeburdium
.
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[25]
Culpam inter viros ac feminas vulgatam gravi nomine laesarum religionum, ac violatae majestatis appellando, elementiam majorum suasque ipse leges egrediebatur
. (Tácito, Anales, lib. III).
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[26]
Esta ley se halla en el Digesto, pero no consta la pena. Se ha creído que era la de renegación, puesto que la del incesto no era más que la deportación. (Ley
Si quis vidu
).
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